La remoción del alcalde Franco Quezada se aprobó tras haberse comprobado que el burgomaestre incurrió en la violación del literal C del artículo 333 del COOTAD.
El Concejo Municipal de Loja decidió este jueves 26 de junio de 2025 remover de su cargo al alcalde Franco Quezada Montesinos, tras un proceso que se inició hace exactamente un mes, cuando un ciudadano civil presentó formalmente la solicitud de destitución.
El pedido fue presentado el lunes 26 de mayo por Ramiro Delgado, quien acudió a la Unidad de Gestión Documental del Municipio, acompañado de su equipo jurídico. La solicitud se fundamentó en presuntos incumplimientos del alcalde que están establecidos en el artículo 333 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). En particular, en el literal C que hace referencia al «incumplimiento legal y debidamente comprobado de las disposiciones contenidas en este Código, de las ordenanzas o de las resoluciones adoptadas por los órganos normativos de los gobiernos autónomos descentralizados, sin causa justificada».
Una vez ingresada la solicitud, el Concejo sesionó el 28 de mayo y designó a los tres miembros que conformaron la Comisión de Mesa encargada de evaluar el caso. Los concejales Pablo Carrión (presidente), Lenin Cuenca y Miguel Castillo asumieron la responsabilidad de analizar los argumentos y pruebas.
El alcalde fue notificado oficialmente el 3 de junio, dando paso a un periodo probatorio de 10 días hábiles. Durante ese tiempo, tanto el denunciante como el propio alcalde presentaron pruebas de cargo y de descargo. Posteriormente, la Comisión dispuso de cinco días laborables para analizar la documentación y elaborar el informe correspondiente.
Ese informe fue entregado al Concejo Municipal el martes 24 de junio. Conforme establece la normativa, el órgano legislativo tenía un plazo máximo de dos días para convocar a una sesión extraordinaria y tomar una decisión.
La sesión se realizó la mañana de este jueves, convocada por la vicealcaldesa Diana Guayanay, quien tomó parte en el proceso de acuerdo con lo que dispone el artículo 335 del COOTAD. Durante la lectura del informe, a cargo del concejal Miguel Castillo, se manifestó que:
- El denunciante – Ramiro Delgado – ha demostrado el incumplimiento por parte del burgomaestre a la resolución CML-017-2024, relacionada con fortalecer la transparencia y exigir eficiencia en la ejecución presupuestaria del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Loja.
- El denunciante ha probado que el traspaso de créditos #44 para la construcción del cubeto de residuos sólidos violentó el contenido de los artículos 257 (numeral 1) y 258 del COOTAD.
Por tal motivo, la Comisión de Mesa determinó que Franco Quezada infringió el literal C del Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Luego de la lectura del informe, los concejales procedieron a la votación. Con 9 votos a favor —de los 11 concejales— se alcanzó la mayoría calificada necesaria para que proceda la remoción.
La votación quedó de la siguiente manera:
A favor de la remoción:
Pablo Carrión, Miguel Castillo, Lenin Cuenca, Santiago Erráez, John Espinosa, Iván Ludeña, Jorge Patiño, Pablo Quiñónez y Yuri Yaguana.
En contra de la remoción:
Adalber Gaona y Polibio Vélez
¿Qué prosigue?
Franco Quezada, quien asumió el cargo en mayo de 2023, quedó separado de la Alcaldía. Sin embargo, la decisión no es definitiva. El funcionario tiene derecho a presentar una apelación ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) en un plazo de tres días hábiles. Una vez presentada, la Secretaría del Concejo deberá remitir el expediente al TCE en un lapso de dos días hábiles, y el Tribunal tendrá hasta diez días hábiles para resolver el caso en última instancia.
Mientras el TCE no emita una resolución, Franco Quezada permanecerá en funciones de manera provisional. Si el Tribunal ratifica la decisión del Concejo, se procederá con la remoción definitiva; en caso contrario, el alcalde continuará en su cargo y el proceso quedará archivado.