
El Acuerdo Ministerial 80 introduce un dictamen obligatorio del Ministerio de Finanzas en las negociaciones de contratos colectivos, generando controversias en sectores público y privado.
En una entrevista exclusiva con la Dra. Vanessa Velásquez, abogada especialista en derecho laboral, se abordaron los cambios significativos en la negociación de contratos colectivos en el país, impulsados por el reciente Acuerdo Ministerial 80. Este acuerdo ha generado controversias y preocupaciones tanto en el sector público como en el privado.
Velásquez explicó que las negociaciones de contratos colectivos siempre involucran a representantes del empleador, los trabajadores y un tercero que preside el Tribunal de Conciliación y Arbitraje. Sin embargo, el Acuerdo Ministerial 80 introduce un requisito crucial: un dictamen obligatorio del Ministerio de Economía y Finanzas. Este dictamen debe confirmar la capacidad económica para cumplir con los beneficios establecidos en los contratos colectivos. «Esto es especialmente relevante para contratos como el de CNEL, que requieren enormes recursos financieros», comentó la abogada.
Para ilustrar las diferencias entre el sector público y el privado, Velásquez señaló que mientras en el sector privado el desahucio equivale al 25% del salario anual por cada año trabajado, en el sector público puede incluir, además, siete salarios básicos por cada año. Este incremento representa una carga financiera significativa para el Estado, que enfrenta una crisis económica.
El inspector del trabajo juega un papel crucial en el proceso de negociación, actuando como un equilibrio en el tribunal de conciliación. Sin embargo, en la práctica, se ha observado que en ciertos casos, como en el de Senel, los representantes de los trabajadores y un vocal del empleador han aprobado contratos sin el respaldo del inspector, lo que ha generado perjuicios económicos.
Bajo el nuevo reglamento, las empresas públicas y privadas deben asegurar que cualquier proyecto de contrato colectivo cuente con el dictamen favorable del Ministerio de Finanzas antes de proceder. Además, las empresas deben seleccionar cuidadosamente a sus representantes en las negociaciones para evitar compromisos financieros insostenibles.
A futuro, la experta recomienda que las negociaciones colectivas se orienten a establecer condiciones laborales dignas sin excesos que puedan llevar a la quiebra de las empresas. La abogada enfatizó la necesidad de equilibrio y de evitar que los contratos colectivos sean vistos como amenazas por los empleadores.
Las centrales sindicales, incluyendo la CUT, han expresado su disconformidad con la nueva normativa, argumentando que contraviene disposiciones constitucionales que protegen los derechos laborales. Han advertido sobre la posibilidad de presentar demandas de inconstitucionalidad para revertir los efectos del Acuerdo Ministerial 80.
Según Velásquez, la implementación del dictamen obligatorio del Ministerio de Finanzas podría ralentizar las negociaciones y generar tensiones adicionales entre trabajadores y empleadores. No obstante, también podría prevenir compromisos financieros que el Estado no está en condiciones de asumir, proporcionando una mayor estabilidad económica a largo plazo.
Finalmente, la abogada concluyó con un llamado a la reflexión y al control por parte del Ministerio del Trabajo y las instituciones involucradas, asegurando que cualquier demanda de inconstitucionalidad será crucial para definir el rumbo de estas reformas. (YP)